Desde principios del siglo XIX los trabajadores reclamaban el establecimiento de garantías de tipo laboral habían logrado alcanzar algunas pero estas no cubrían a toda la población. Las constantes crisis económicas generalizaron el reclamo social y exigieron una legislación real que les proporcionara una vida digna, promulgado en 1943 fomenta:

El trabajo es un derecho y un deber, lo que significa que el Estado está en la obligación de generar empleo.
La jornada laboral diurna se fija en ocho horas y la nocturna en seis. Y que todo tiempo fuera de la jornada laboral debe ser pagado como tiempo extra.
Salario mínimo.
Derechos a vacaciones anuales pagadas y día de descanso semanal.
Derecho a la convención colectiva de trabajo, el seguro social, el seguro de riesgos profesionales, la sindicalización y la huelga.
Creación de tribunales de trabajo.
Fomentar el cooperativismo y la construcción de casas baratas.
Se prohíbe la discriminación en el trabajo y con respecto de los salarios.